SALUDA

Bienvenidos al blog de la Policía Local de Mocejón.

Desde la Policía Local de Mocejón, le agradecemos la entrada a este blog. Nuestra pretensión es la mejora de la calidad del servicio público que prestamos, y pretendemos, que éste sea un cauce más para hacernos llegar sus sugerencias, reclamaciones, comentarios, felicitaciones o denuncias. Asimismo a través de este medio, plasmaremos información práctica y de interés general en diferentes ámbitos.

Esperamos que nuestros contenidos sean de su agrado

Entrando a nuestro pueblo

Entrando a nuestro pueblo

Fueron 57 en el 2015

Fueron 57 en el 2015
CONTRA EL MALTRATO, LLAMA 016".Unas 600.000 mujeres en España sufren agresiones de sus parejas o ex parejas, según la última encuesta de la Secretaría de Estado de Igualdad. Una bolsa de maltrato que no termina de emerger. Las autoridades registran unas 130.000 denuncias por violencia de género al año. Solo una de cada cuatro procede del entorno de la maltratada (familia, amistades, vecindario, personal médico), aunque esto significa un aumento de más de un 10 por ciento en 2011.

martes, 14 de diciembre de 2010

miércoles, 24 de noviembre de 2010


ITINERARIOS ALTERNATIVOS Y CAMBIOS
EN LA ORDENACIÓN DEL TRÁFICO
  • El próximo domingo día 19 de diciembre, a partir de las 11,00 h se celebrará la prueba deportiva "IV MILLA URBANA NAVIDEÑA LA BUENA MOZA", que discurrirá en la Avda./ CASTILLA LA MANCHA. Con motivo del itinerario marcado por la Organización del evento se cortara el tráfico de vehículos en Avda./ de CASTILLA LA MANCHA, asi como todos los vehículos que salgan por la C/ RAMON Y CAJAL se desviarán hacia la C/ DUQUE DE LA VEGA y DON DOMINGO MARTIN hacia la C/ ORTEGA Y GASSET para que salgan a la direccion que les sea mas beneficiosa, los vehículos que tuvieran que salir por C/ BATALLA DE LEPANTO y PASEO DE LOS MOLINOS, se desviarán hacia la C/ TALAVERA o C/ ECUADOR para que salgan a la crtª de TOLEDO.
  • Los vehículos que procedan de la Av/ ARANJUEZ en dirección a TOLEDO, OLIAS DEL REY o MAGAN se desviaran hacia la C/ CALVO SOTELO siguiendo por la C/ NUEVA hacia la C/ LA RIBERA y desde esta hacia la CIRCUNVALACION.
  • Los vehículos que procedan de TOLEDO, OLIAS DEL REY o MAGAN con dirección VILLASECA se desviaran desde la rotonda hacia el PASEO DE LOS MOLINOS para acceder a la C/ PIZARRO y de allí por la crtª ALGODOR a la circunvalacion para seguir con su itinerario.
  • DESDE EL SERVICIO DE LA POLICÍA LOCAL, AGRADECEMOS SU COLABORACIÓN PARA EL EVENTO Y LES PEDIMOS DISCULPAS POR LOS TRASTORNOS QUE ESTOS CAMBIOS PUDIERAN OCASIONAR A LA CIUDADANÍA.
¡GRACIAS!
TELÉFONO DE CONSULTA 925 270 755

martes, 23 de noviembre de 2010

CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN

CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN

  • A fin de promover el cumplimiento del uso de la luz y reflectantes en las bicicletas que circulen por la noche, la Policía Local participará en la campaña de comunicación con el mensaje "HAZTE VER Y MEJORA TU SEGURIDAD", dirigida a los usuarios de bicicleta y, a la vez, informando a los ciclistas sobre la obligación de llevarlas y utilizarlas, "SIN SANCIONAR".
  • Esta campaña informativa, se iniciará del 1 al 30 de noviembre en todas las calles de la localidad.

miércoles, 7 de julio de 2010

Virgen del Carmen 2010























• Con motivo de las Fiestas de la Virgen del Carmen, la circulación por las vías públicas del centro del municipio se verán afectadas al formar parte éstas, del itinerario de la procesión que ha sido organizada por la Hermandad de la Virgen del Carmen.

























Es por ello que solicitamos su colaboración para que evite el estacionamiento de vehículos y la circulación a partir de las horas que se reseñan en los carteles informativos colocados en las calles por donde discurrirá la procesión siendo estas:

• C/ D. Pedro Galindo, Pz/ D. Tomás Galindo, C/ Barrio Abajo, C/ Alfonsillo, Av/ 2 de mayo, Pz/ D. Ramón Molina, C/ Botica Vieja, C/ Ramón y Cajal, Pz/ España, C/ Comisario, C/ D. Pedro Galindo.

• RETIRADA DE VEHÍCULOS. Dos horas antes de la procesión, se iniciará la retirada de vehículos por la Policía Local, de aquéllos que se hallen estacionados en el itinerario.


• Para más información sobre itinerarios alternativos o de horario de la procesión, podrá llamar por teléfono al número 925 270 755 (Policía Local).
¡GRACIAS POR SU COLABORACIÓN!

martes, 25 de mayo de 2010

ENTRADA EN VIGOR DE LA NUEVA LEY DE TRÁFICO

A partir de hoy día 25 de mayo de 2010

* Se actualizan las infracciones y se reducen, de 27 a 20, las que restan puntos.
* Cambia la tabla de sanciones por velocidad.
* Con el procedimiento sancionador abreviado habrá 50 % de descuento.
* Se podrán recibir las notificaciones por e-mail o en el móvil.
* Si el cartero no le entrega la multa, bastará con que se publique en la web de tráfico (www.dgt.es).
* Con cuatro sanciones graves o muy graves pendientes, no se podrá hacer ningún trámite con el vehículo.

domingo, 2 de mayo de 2010

NUEVO PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DE TRÁFICO


ENTRADA EN VIGOR

* A partir del día 25 de mayo entrará en vigor el nuevo Procedimiento Sancionador por infracciones de tráfico, publicado por Ley 18/2009, de 23 de noviembre.

PRINCIPALES CAMBIOS

* NOTIFICACIÓN DE LA DENUNCIA Y PAGO DE LA SANCIÓN EN EL ACTO. En el momento en que el/la infractor/a abone el importe de la multa, se efectuará un 50 % de reducción sobre el total de la multa, renunciando con ello a formular alegaciones. De esta forma se agota la vía administrativa y la sanción adquiere firmeza l día siguiente. Si la sanción no computa como detracción de puntos, ésta no se computa como antecedentes.
* NOTIFICACIÓN DE LA SANCIÓN EN EL DOMICILIO DEL/LA INFRACTOR/A POR EL INSTRUCTOR/A DEL EXPEDIENTE. Efectuado el pago de la sanción, se aplicará el procedimiento anterior, dando por finalizado el procedimiento.
* En el supuesto de que se trate de una infracción que detraiga puntos, éstos se detraerán y se computarán al día siguiente del pago, aunque la sanción se comunique más tarde por el organismo.
* No se aplicará este procedimiento abreviado a las siguientes infracciones: Utilización de anti-radares; no identificación del conductor; obras sin autorización; no instalación de señalización de obras; actividades industriales relativas a la seguridad vial; instalación de anti-radares; infracciones de autoescduelas y centros de reconocimiento.
* La denuncia se convierte en acto de iniciación y de finalización del procedimiento.

PROCEDIMIENTO ORDINARIO


NOTIFICACIÓN-SANCIÓN (notificación expres)

* Concepto completamento novedoso en el derecho administrativo sancionador español
* Se castiga la inactividad del denunciado.
* No se aplica a todas las infracciones, SÓLO A:

1. Infracciones leves.
2. Infracciones graves que no detraigan puntos.
3. Infracciones graves y muy graves cuya notificación se efectúe en el acto de la denuncia.

ESTACIONAMIENTOS

* El titular, o el arrendatario a largo plazo, en el supuesto de que constase en el Registro de Vehículos, será responsable de las infracciones por estacionamiento, salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable del hecho.
* A esta infracción se le aplica también el concepto "notificación-sanción": Si el titular no dice nada, se ejecuta en el plazo de 20 días + 15 días.

RECURSOS

* Desaparece el recurso de alzada.
* La resolución sancionadora pone fin a la vía administrativa, y se ejecuta al día siguiente de la notificación.
* La notificación que tiene carácter de acto resolutorio del procedimiento sancionador, también pone fin a la vía administrativa y se ejecuta a los 30 días naturales.
* Cabe recurso de reposición potestativo, en el plazo de 1 mes desde la notificación.
* El principio es la no suspensión del acto, aunque el órgano que decide puede acordar lo contrario.
* No deben tenerse en cuenta en el recurso hechos, documentos y alegaciones del recurrente que pudieran haberse aportado en el procedimiento originario.
* El recurso se entiende desestimado presuntamente al mes.
* La ejecución del recurso es independiente de medidas organizativas que aseguren la calidad de la tramitación.

DIRECCIÓN ELECTRÓNICA VIAL (D.E.V)

* Es un intento de solución al problema creciente con las notificaciones. Es un nuevo sistema de notificación y de comunicación entre Administración y ciudadano.
* Es una evolución del sistema de notificaciones telemáticas y de la Dirección Electrónica Única (D.E.U.) desarrollado por el antiguo Ministerio de Administraciones Públicas.
* Intenta sacar todo el provecho legal que le permite la Ley 11/2007.
* Se articula como un campo de los Registro de Conductores y Vehículos.
* Las personas jurídicas, desde el momento en que matriculen o transfieran un vehículo, tendrán asignada una D.E.V. para todos los vehículos de que dispongan.
* Las CC.AA con competencias ejecutivas en materia de tráfico, pueden disponer de su propio sistema de notificaciones telemáticas en sus propias plataformas informáticas.

NOTIFICACIONES EN EL DOMICILIO

* NOTIFICACIÓN RECIBIDA: Por interesado/a o por persona que se encuentre en el domicilio y se haga cargo.
* NOTIFICACIÓN REHUSADA: Por interesado/a. Se tiene por efectuado el trámite.
* NOTIFICACIÓN AUSENTE: La notificación se entiende "NO PRACTICADA" y se publica en el TESTRA.
* NOTIFICACIÓN REHUSADA: Por otras personas. La notificación se entiende "no practicada", y se publica en el TESTRA. Un solo intento.
* DESCONOCIDO: Publicación en el TESTRA.
* Rastreo en otros domicilios propios y de terceros antes de publicar en TESTRA.

TABLÓN EDICTAL DE SANCIONES DE TRÁFICO (TESTRA)

* Tiene la consideración de sede electrónica.
* La información que contiene es única para todas las sanciones de todas las Administraciones. Lo gestiona la DGT (desarrollo por Orden Ministerial).
* Las Administraciones pueden integrarlo en sus páginas web ("página blanca").
* Se publica en castellano y lenguas cooficiales.

TITULAR DEL VEHÍCULO - NUEVAS OBLIGACIONES Y FACULTADES

* Identificación del conductor del vehículo:
* Que permita su identificación en el Registro de Conductores.
* Si no figura en el Registro, debe conservar copia de la autorización que le habilita para conducir en España.
* Impedir que el vehículo sea conducido por quien carezca de permiso.
* Comunicar a la DGT el conductor habitual del vehículo.

CONDUCTOR HABITUAL

Persona que dispone de permiso o licencia necesarios para conducir el vehículo, está inscrito en el Registro de Conducotrees y ha sido disgnada por el titular del vehículo, previo su consentimiento, por ser quien de manera usual o con mayor frecuencia conduce el vehículo.

* La designación de un conductor habitual exonera al titular de sus posibles obligaciones sancionadoras.
* La comunicación de altas y bajas de conductores habituales se realizará preferentemente por sistemas telemáticos.

INFRACCIONES GRAVES

* Velocidad: Excesos según cuadro.

* Normas generales de circulación: Prioridad de paso, adelantamientos, cambios de sentido/dirección.
* Paradas y estacionamientos en: Carril bus, curvas, cambios de rasante, zonas discapacitados, túneles, pasos inferiores, intersecciones y, en general en:
* Lugares peligrosos.
* Que obstaculicen gravemente la circulación.
* Que constituya riesgo, especialmente para peatones.
* No hacer uso del alumbrado.
* Cascos, auriculares o dispositivos que disminuyan atención.
* Conducir utilizando manualmente teléfonos móviles o navegadores.
* Cinturón de seguridad y sistemas de retención.
* Circular con menores de 12 años como pasajeros de ciclomotor o motocicleta.
* No respetar las señales de los agentes.
* No respetar la luz roja de un semáforo.
* No respetar señal de STOP o CEDA EL PASO.
* Conducir un vehículo con autorización que no cumple los resquisitos administartivos (canjes).
* Conducción negligente.
* Arrojar objetos que puedan producir incendios, accidentes o que obstaculicen la libre circulaicón.
* No mantener la distancia de seguridad.
* Circular con vehículo que incumpla condiciones técnicas.
* No verificar que las placas de matrícula no presentan obstáculos que dificulten o impidan su identificación.
* No facilitar al agente ni la identidad ni los datos en caso de accidente.
* Carga mal acondicionada o con peligro de caída.
* Ocupación excesiva del vehículo (50 % plazas autorizadas).
* Impedir que el vehículo sea conducido por quien carece de autorización para conducir correspondiente.
* Circular por autopista o autovía con vehículos que lo tienen prohibido.
* No instalación de dispositivos de alerta en garajes/aparcamientos.
* Circular en posición paralela a vehículos que lo tienen prohibido.

INFRACCIONES MUY GRAVES

* Velocidad excesos según cuadro.
* Velocidad en tramo medio.
* Alcohol por encima de las tasas reglamentarias.
* Conducción bajo los efectos de las drogas.
* Negativa a pruebas de alcohol o drogas.
* Conducción temeraria.
* Circulación en sentido contrario.
* Participación en carreras y competiciones no autorizadas.
* Conducir vehículos con inhibidores de radar o destinados a eludir la vigilancia del tráfico.
* Exceso en más del 50% en tiempos de conducción, o minoración en un 50% de los tiempos de descanso.
* No identificar al conductor/a responsable de la infracción.
* Conducir careciendo de autorización administrativa.
* Circular un vehículo sin autorización.
* Circular con vehículos que incumplan las condiciones técncias que afecten gravemente a la seguridad vial.
* Realización de obras sin autorización.
* Retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización.
* Incumplir normas en las actividades industriales.
* Instalación de sistemas de detección de radares.
* Autoescuelas - Centros de Reconocimiento.

SANCIONES

* MUY GRAVES: 500 €.
* GRAVES: 200 €.
* LEVES: 100 €

* La cuantía puede incrementarse en un 30 % en atención a la gravedad y trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y condición de reincidente, peligro potencial creado y criterio de proporcionalidad.
* EXCEPCIONES A LA NORMA GENERA: Conducir con anti-radar (6000 €); actividades industriales (entre 3.000 y 20.000 € y posible suspensión de autorización); velocidad; no identificación de conducir (por infracción leve: Doble de originaria / por infracción grave/muy grave: Triple).