SALUDA

Bienvenidos al blog de la Policía Local de Mocejón.

Desde la Policía Local de Mocejón, le agradecemos la entrada a este blog. Nuestra pretensión es la mejora de la calidad del servicio público que prestamos, y pretendemos, que éste sea un cauce más para hacernos llegar sus sugerencias, reclamaciones, comentarios, felicitaciones o denuncias. Asimismo a través de este medio, plasmaremos información práctica y de interés general en diferentes ámbitos.

Esperamos que nuestros contenidos sean de su agrado

Entrando a nuestro pueblo

Entrando a nuestro pueblo

Fueron 57 en el 2015

Fueron 57 en el 2015
CONTRA EL MALTRATO, LLAMA 016".Unas 600.000 mujeres en España sufren agresiones de sus parejas o ex parejas, según la última encuesta de la Secretaría de Estado de Igualdad. Una bolsa de maltrato que no termina de emerger. Las autoridades registran unas 130.000 denuncias por violencia de género al año. Solo una de cada cuatro procede del entorno de la maltratada (familia, amistades, vecindario, personal médico), aunque esto significa un aumento de más de un 10 por ciento en 2011.

viernes, 25 de noviembre de 2011

Ante la violencia, no lo dudes: denuncia. Podemos ayudarte. Si te humilla, si te pega, si hay maltrato. Ante la violencia: denuncia

Desgraciadamente este hecho , sigue estando de actualidad. Son muchas las Órdenes de Alejamiento que son controladas directamente por las Policías Locales de España afortunadamente en nuestro municipio hoy por hoy solo se han dado algún caso esporádico. Se han estrechado los lazos de colaboración entre el Cuerpo de Policía Local y la Guardia Civil, mejorando los servicios de forma notable. En éste sentido nunca bajaremos la guardia y estaremos siempre alerta ante cualquier situación que requiera nuestra intervención.

Desde aqui podrá acceder a Consejos; donde se facilitan diversas pautas de cómo actuar y dónde acudir en caso de ser víctima de violencia en el ámbito familiar.

TELÉFONOS DE ATENCION 24 HORAS:

112

016

900100114

3.1.-VIOLENCIA DOMESTICA o DE GENERO: CONSEJOS

El cuerpo de Policía Local de Mocejón le recomienda, en caso de ser víctima de violencia doméstica o de género, siga los siguientes consejos:

1. Conserve la calma. Piense que La Policía Local de Mocejón y los Servicios Sociales Municipales están muy cerca de usted para ayudar y proteger. No aguante en silencio ni sea tolerante con su agresor. Denuncie los hechos inmediatamente. Su denuncia afianza su seguridad y previene futuras agresiones a usted y a otras personas.

2. Avise a la Policía Local o a la Guardia Civil, acuda a sus dependencias o recurra a los Servicios Sociales. En su declaración será atendida con total privacidad.

3. No modifique su aspecto. No se lave ni lave su ropa. No altere el lugar de la agresión; son pruebas. Aporte la identidad o la descripción de su agresor, testigos si los hubiere y cuantos datos considere de interés para la investigación.

4. Se le reconocerá por personal médico que atenderá y curará sus heridas, certificará sus dolencias, incluso las que a simple vista no sean apreciables.

5. Formalizada su denuncia, solicite justificante de la misma o copia de su declaración. Le informarán sobre los derechos que le asisten como víctima y de las asociaciones y servicios sociales de su zona, para acceder a posibles ayudas pensadas para usted.

6. El personal encargado de la investigación policial que siga su caso, le informará de la evolución del mismo sobre cualquier suceso de importancia, siempre que no interfiera con las investigaciones.

7. Si tiene problemas, si le amenazan o se siente insegura, avise inmediatamente. La Ley y los Cuerpos Policiales garantizan su seguridad y su protección.

8. Denuncie cada situación del maltrato o agresión sexual de la que sea víctima en cuanto se produzca. Si ha denunciado este tipo de hechos en otras ocasiones, comuníquelo.

9. Manténgase en contacto con la Policía y colabore con ella. No tema testificar y reconocer a su agresor.

10. Recuerde que la interposición de la denuncia es un derecho y un deber de la víctima, a fin de evitar nuevas agresiones.

3.2.-VIOLENCIA DOMESTICA O DE GENERO: DONDE ACUDIR

Si es usted víctima de un caso de violencia doméstica o de género, sepa de antemano que no se encuentra sola. Mantenga la calma, no aguante ni un solo día más y diríjase a cualquiera de las siguientes direcciones:

-GUARDIA CIVIL OLIAS DEL REY

-POLICÍA LOCAL

Calle Comisario, 5

En cualquiera de los sitios anteriormente indicados, recibirá ayuda, le pondrán en contacto con personal especializado y podrá solicitar la “Orden de Protección “del Juzgado.

La Orden de Protección de las víctimas de violencia doméstica (Ley 27/2003 de 31 de Julio), es una de las novedades que se han implantado para combatir ésta lacra. Pretende que a través de un rápido y sencillo procedimiento judicial, sustanciado ante el Juzgado de Instrucción, la víctima pueda obtener una misma resolución judicial que incorpore conjuntamente tanto medidas restrictivas de la libertad de movimientos del agresor, para impedir una nueva aproximación, como las orientadas a proporcionar seguridad, estabilidad y protección jurídica a la persona agredida y a su familia, sin necesidad de esperar a la formalización del correspondiente proceso matrimonial civil.

La orden judicial de protección supondrá, a su vez, que las distintas Administraciones Públicas (Estatal, Autonómica y Local), activen inmediatamente los instrumentos de protección social establecidos en sus respectivos sistemas jurídicos.

3.3.-VIOLENCIA DOMESTICA O DE GENERO: ACTUACIÓN POLICIAL

La Policía Local de Mocejón es consciente del problema personal, familiar, económico y social que supone la violencia de género a las personas que la sufren. Por éste motivo, los Agentes están cada vez más sensibilizados y comprometidos con los casos ocurridos en nuestras poblaciones

La Autoridad Judicial, en aplicación de las reformas de la Legislación vigente, promueve que las Policías Locales participen cada vez más en la lucha contra la violencia doméstica o de género.

La intervención de la Policía Local está encaminada a la protección de la víctima y a la comprobación del correcto cumplimiento de las órdenes de alejamiento impuestas por la autoridad judicial; deteniendo y poniendo al agresor a disposición judicial en el caso del incumplimiento de las mismas.












martes, 11 de octubre de 2011

CIRCULAR EN ROTONDAS

Pinche en el enlace y podrá visualizar un video de la forma mas correcta de circular en una rotonda

viernes, 19 de agosto de 2011

FERIAS Y FIESTAS 2011



Con motivo de las fiestas patronales, la circulación por las vías públicas del centro de la ciudad se verán afectadas al formar parte éstas, del itinerario de las diferentes actividades programadas (juegos y fiestas infantiles, encierros, procesiones, conciertos, etc..., que han sido organizadas por la Concejalía de Festejos del Ayuntamiento de Mocejón. Es por ello que solicitamos su colaboración para que evite el estacionamiento de vehículos y la circulación a partir de las horas que se reseñan en el programa o en carteles informativos colocados en las calles por donde discurriran dichos actos.

"ANTES DE DEJAR APARCADO SU VEHÍCULO, ASEGÚRESE QUE LO DEJA EN ZONA AUTORIZADA ,... ¡RESPETE LAS NORMAS!"

Desde la Policía Local de Mocejón, deseamos a toda la ciudadanía mocejonera unas felices fiestas. Esperamos que la tolerancia y el respeto a los demás quede latente como ejemplo de cordialidad y amabilidad con l@s visitantes y vecinos.
¡FELICES FIESTAS!



viernes, 15 de abril de 2011

CORTES AL TRÁFICO EN SEMANA SANTA





Con motivo de la Semana Santa, a partir del domingo día 17 de abril, hasta el domingo día 24 de abril, la circulación de vehículos por las calles de Mocejón se verá afectada por los itinerarios procesionales, cortando al tráfico y desviando éste por otras calles conforme a lo siguiente:

DOMINGO DE RAMOS (17 de abril)




INICIO DE LA RETIRADA DE COCHES: 10,00 h .


INICIO DE LA PROCESIÓN: 12,00 h.



  • ITINERARIO PROCESIONAL: Ermita de la Vera Cruz > Plaza España > Ramón y Cajal > Botica Vieja > Plaza de D. Ramón Molina > Avenida 2 de Mayo > Don Pedro Galindo, Iglesia San Esteban Protomártir.

JUEVES SANTO (21 de abril)




INICIO DE LA RETIRADA DE COCHES: 19,00 h .


INICIO DE LA PROCESIÓN: 21,00 h.



  • ITINERARIO PROCESIONAL: Iglesia San Esteban Protomártir, Don Pedro Galindo > Comisario > Gascón y Marín> Mozárabe > Plaza Veracruz > Avenida Castilla la Mancha > Plaza de la Constitución> Ramón y Cajal > Duque de la Vega> Don Domingo Martín > Plaza de D. Ramón Molina > Avenida 2 de Mayo > Don Pedro Galindo, Iglesia San Esteban Protomártir.

VIERNES SANTO (MADRUGADA) (22 de abril)


INICIO DE LA PROCESIÓN, VIA CRUCIS: 07,00 h.



  • ITINERARIO PROCESIONAL: Iglesia San Esteban Protomártir, Don Pedro Galindo> Plaza Don Tomás Galindo> Barrio Abajo> Paseo de las Acacias> Paseo Félix Rodríguez de la Fuente> Joan Miró>Pozo Olías> Duque de la Vega> Don Domingo Martín> Silvano Cirujano> Plaza España>Virgen del Carmen> Don Pedro Galindo, Iglesia San Esteban Protomartir.

VIERNES SANTO (22 de abril)


INICIO DE LA RETIRADA DE COCHES: 19,30 h .


INICIO DE LA PROCESION: 21,00



  • ITINERARIO PROCESIONAL: Iglesia San Esteban Protomártir > Barrio Abajo > Alfonsillo > Avenida 2 de Mayo > Plaza de D. Ramón Molina > Botica Vieja > Ramón y Cajal > Avenida Castilla la Mancha > Plaza Veracruz > Mozárabe > Gascón y Marín> Comisario > Don Pedro Galindo, Iglesia San Esteban Protomártir.

DOMINGO DE RESURRECCIÓN (24 de abril)


INICIO DE LA RETIRADA DE COCHES: 00,00 h.


INICIO DE LA PROCESIÓN: 01,00 h.



  • ITINERARIO PROCESIONAL CRISTO RESUCITADO : Iglesia San Esteban Protomártir > Don Pedro Galindo > Avenida 2 de mayo > Silvano Cirujano > Plaza de España.


  • ITINERARIO PROCESIONAL VIRGEN : Iglesia San Esteban Protomártir > Don Pedro Galindo > Comisario > Gascón y Marín > Plaza de España.


  • ITINERARIO PROCESIONAL DEL ENCUENTRO: Plaza de España > Virgen del Carmen > Don Pedro Galindo > Iglesia San Esteban Protomártir

CON EL OBJETO DE EVITAR MOLESTIAS INNECESARIAS, SE SOLICITA COLABORACION DE LA CIUDADANIA PARA QUE NO DEJE ESTACIONADO EL COCHE EN LAS CALLES POR DONDE TRANSCURREN LAS PROCESIONES, EN CASO CONTRARIO, SERA RETIRADO CON LA GRUA.

¡GRACIAS POR LA COLABORACION PRESTADA!

domingo, 6 de marzo de 2011

Día 8 de Marzo


Un poco de historia.

El 8 de marzo

Este día específico a las mujeres se debe a un trágico hecho que ocurrió en los Estados Unidos, en el año 1857. El día 8 de marzo de este año, las mujeres que trabajaban en una fábrica textil de Nueva York, resolvieron parar de trabajar como protesta a sus precarias condiciones de trabajo. Esa era la primera vez que las mujeres se unían para reivindicar mejoras y, por lo tanto, sus derechos. Ellas pedían la reducción del horario de trabajo diario que era de 16 horas, para 10 horas diarias. Además, por trabajar esas horas, ellas percibían apenas un tercio del sueldo que recibían los hombres.

Pero la rebelión fue contenida de forma violenta, culminando con la muerte de 129 trabajadoras, carbonizadas dentro de la fábrica. Años después, en 1910, durante una conferencia internacional de las mujeres realizada en Dinamarca, surgió la idea de crear una fecha específica para homenajear a las operarias muertas en la fábrica textil. Y así fue que en 1975, la Asamblea General de las Organizaciones de Naciones Unidas (ONU) decidió decretar el 8 de marzo como Día Internacional de la Mujer.

Mujeres, abuelas, madres, hijas, nietas, sobrinas..., ¡día 8 de marzo es vuestro día! Un día para recordar el papel y la dignidad de las mujeres en el proceso de conciencia de su valor humano dentro de la sociedad. Un día para contestar, para registrar, y despertar el mundo para la importancia de la actuación de la mujer en todos los ámbitos. Un día es poco para celebrar una lucha constante, diaria, y sin descanso. Un día es poco para reconocer la participación de las mujeres en la construcción de una familia, en la conquista del mercado de trabajo, en la lucha por su libertad de pensamiento, de elección, y de ocupar un espacio a que tiene derecho.

Felicidades a todas las mujeres que luchan por la igualdad y la dignidad de todos los seres humanos y a los hombres que las acompañan en esa lucha.

¡Feliz día!




miércoles, 2 de marzo de 2011

Carnavales 2011


Con motivo de la celebración de los carnavales en Mocejón, diversas calles se verán afectadas por el desfile de carrozas y comparsas.
Con objeto dar seguridad a las personas que transiten, principalmente en los itinerarios de las máscaras callejeras, las calles afectadas se cortarán al tráfico según vayan llegando las comparsas, dejándolas libres al pasar la última carroza o comparsa.

El itinerario que las comparsas realizarán el sabado es el siguiente, saliendo de la Pz/ España continuaremos por:
C/Comisario; Pz/ Tomas Galindo; C/Barrio Abajo; C/José María Pemán; Av/Dos de Mayo; Pz/ Ramón Molina; C/ Alcázar; C/Pozo Olías; C/Duque de la Vega; C/ Ramón y Cajal, Pz/ de España, C/Comisario, C/Tinte, C/Jacinto Benavente y finalizar en el Pabellón Cubierto.

El domingo con el entierro de la sardina el recorrido será el siguente: Pz/ España; C/Comisario; C/ Tomas Galindo; Av/ Dos de Mayo; Pz/ Ramón Molina; C/Botica Vieja; C/ Ramón y Cajal; Pz/ de España, C/Tinte, C/Jacinto Benavente y finalizar en el Pabellón Municipal.

"QUEREMOS EXPRESAR NUESTRO MÁS SINCERO AGRADECIMIENTO A LA CIUDADANÍA MOCEJONERA Y VISITANTES POR LA COLABORACIÓN, Y DESEAMOS A TODOS Y TODAS UNAS FELICES FIESTAS DE CARNAVAL."

domingo, 2 de enero de 2011


La ley antitabaco entra en vigor

¿Qué implica la nueva ley antitabaco?

Fumar donde está prohibido se considera una falta leve, siempre que no se repita tres veces - En sanatorios y cárceles habrá zonas habilitadas

Si hubiera que hacer un resumen, la nueva ley antitabaco se podría condensar en "prohibido fumar en todo sitio cerrado que vaya a ser compartido". Hay excepciones en dos sentidos: espacios cubiertos en los que sí se va a poder fumar, y otros abiertos en los que no. Muchas de estas excepciones ya estaban en la ley anterior, pero como se incumplió de manera generalizada -o han sido matizadas y aclaradas en la ley actual-, no está de más recordarlas.

- ¿En qué espacios cerrados públicos se podrá fumar?

Solo en las habitaciones de hoteles, hostales y establecimientos análogos reservadas para ello, que no podrán ser más del 30% de las disponibles en el establecimiento. En los sitios donde haya habitaciones para fumadores, solo se podrá fumar en ellas: ni en pasillos, ni en ascensores, ni en vestíbulos, por ejemplo.

- ¿Y en sanatorios o cárceles?

En los establecimientos psiquiátricos de larga estancia y en las prisiones se podrán habilitar zonas para fumar, ya que se asimilan a la vivienda habitual de los ingresados. No podrán estar en las habitaciones.

- ¿Y en los lugares solo para mayores, como casinos o salas de fiesta?

Tampoco, porque hay personal trabajando en ellos.

- ¿Se puede fumar en un despacho propio?

Si está en una empresa, no, porque es un lugar de trabajo. Si se puede considerar parte del domicilio de uno, sí. Pero no si se va a recibir a clientes o a otros trabajadores.

- ¿Qué pasa con las fiestas privadas, como bodas o bautizos?

En cuanto se hagan en un local público (un restaurante o un hotel) no se puede fumar, entre otras causas porque hay personal (camareros) que van a trabajar en él.

- ¿Qué puedo hacer si entro en un bar o en una discoteca y hay gente fumando?

El responsable de que se cumpla la ley es el dueño del local, por lo que lo primero que hay que hacer es hablar con el responsable. Si este no actúa, se puede rellenar una hoja de reclamaciones -y llevarla luego al registro- y poner una denuncia en la Consejería correspondiente (la de Consumo, que suele estar integrada en Sanidad o Salud). También se puede denunciar a la Policía Municipal.

- ¿Cuáles son los sitios al aire libre donde no se va a poder fumar?

Son los que estén dentro del recinto de un centro educativo o sanitario (patios, zonas de comunicación entre pabellones), a la entrada de los centros sanitarios y los parques marcados como zonas infantiles.

- ¿Y en las instalaciones de mi comunidad de vecinos?

Los locales de las comunidades de vecinos y otros espacios comunes que estén cerrados (portal, pasillos) se consideran zonas de uso colectivo, y no se puede fumar. En los espacios al aire libre (jardines, piscinas, instalaciones deportivas) sí que se puede.

- ¿Sin excepciones?

No. Hay una que sirve también para espacios al aire libre públicos: los parques infantiles (zonas marcadas como tales o con columpios).

- ¿Y en las playas?

Se puede (aunque lo cívico sea no dejar las colillas en la arena).

- ¿Qué pasa con los estadios y las plazas de toros?

Se puede fumar en las zonas al descubierto, pero no en las partes cerradas (vomitorios, taquillas, etcétera) o si son pabellones cerrados.

- ¿Cómo quedan los aeropuertos?

Se eliminarán las peceras para fumar. Solo se podrá encender un pitillo en los sitios al aire libre.

- ¿Y qué pasa en los espacios al aire libre de los medios de transporte?

Aquí la ley hace una distinción. En general, no se puede fumar, salvo en las cubiertas de los barcos. En cambio, si se trata del piso de arriba de un autobús turístico, por ejemplo, no se puede fumar, porque es un medio de transporte urbano.

- ¿Qué me pasa si denuncio a alguien que fuma?

Las denuncias son anónimas, así que si se sabe el nombre del infractor lo puede facilitar, que este no sabrá quién ha sido el que ha dado el aviso.

- En el trabajo sigue habiendo gente que fuma en sitios cerrados (en un despacho, en los aseos), ¿qué puedo hacer?

El primer responsable de que la ley se cumpla es la empresa. Puede denunciarlo al departamento de personal o al comité de salud laboral. También a la Inspección de Trabajo o a la Consejería correspondiente de la comunidad.

- ¿No hay un sistema más fácil?

En la web Nofumadores.org recogen las denuncias y las tramitan.

- ¿Qué le pasa al que fuma en un sitio prohibido?

Fumar donde está prohibido se considera una falta leve. Si se hace de forma aislada, la multa será de hasta 30 euros. Si la conducta se repite tres veces, pasará a ser una falta grave, y la multa estará entre los 601 y los 100.000 euros.

- ¿Y el jefe o el dueño del bar que deja que se fume?

También tiene multas, porque se considera una falta grave. La multa va de 601 a 100.000 euros.

DONDE Y COMO PRESENTAR DENUNCIA EN NUESTRA COMUNIDAD

En general, la denuncia, dirigida preferentemente a los servicios territoriales o provinciales correspondientes, se ha de presentar por duplicado en cualquier oficina integrada de atención al ciudadano o en cualquier oficina de Registro, o bien enviarla por correo certificado administrativo.
En algunos casos es posible realizar el trámite por Internet, normalmente con certificado de firma digital, o a través de correo electrónico.
También puede que exista la posibilidad de informar los incumplimientos por teléfono.

Dirigir la denuncia al Delegado Provincial correspondiente o al Alcalde y presentarla en los registros de los Ayuntamientos o en cualquier otro registro, o bien por correo certificado.

DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA
Av. de Francia, 4, Torre 5, 2ª Planta
45071 Toledo
Tel.: 925267232
Fax.:925 267265

DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL EN TOLEDO
Subida de la Granja, 10
45071 Toledo
Tel.: 925266400
Fax : 925214553


MODELO DE DENUNCIA
Nota: La casuística expuesta no contempla la totalidad de hechos denunciables.
Rellena los campos con tus datos personales, y pulsa el botón [Generar denuncia]. Automáticamente se emitirá un escrito de denuncia que podrás copiar y pegar en tu procesador de textos para detallar los hechos denunciados, modificarlo a tu gusto o bien imprimirlo directamente, firmarlo y entregarlo siguiendo nuestras instrucciones.
Datos del denunciante * = obligatorio
NOMBRE Y APELLIDOS*:
DNI*:
DOMICILIO*:
POBLACIÓN*: C.P.
PROVINCIA*:
TELÉFONO:

CORREO ELECTRÓNICO:





Datos del lugar que incumple la normativa * = obligatorio
NOMBRE DEL LUGAR*:
DIRECCIÓN*:
POBLACIÓN*: C.P.
COMUNIDAD AUTÓNOMA*:
PROVINCIA*:




Hechos denunciados (marcar lo que proceda)
Prohibición de fumar
Fumar en lugares en que está prohibido
Permitir fumar en lugares en que está prohibido
Fumar o permitir fumar en autocar, avión, barco, tren u otro medio de transporte público cuyo recorrido exceda el ámbito de una comunidad autónoma
No señalizar la prohibición de fumar en la entrada
Habilitar zonas para fumar donde no está permitida su habilitación o que estas no cumplan con los requisitos exigidos

Venta y suministro de productos del tabaco
Venta al por menor fuera de expendeduría o de máquina expendedora en establecimiento autorizado
Venta o entrega de tabaco a menores de edad
Venta o entrega a menores de edad de productos que imitan a productos del tabaco o de dulces, refrigerios, juguetes u otros objetos que tengan forma de productos del tabaco y puedan resultar atractivos para los menores
Venta de tabaco por menores de edad
No señalizar la prohibición de venta a menores y/o las advertencias sanitarias
Venta de cigarrillos sueltos o en paquetes de menos de 20 unidades
Entrega o distribución, como actividad comercial, de muestras de productos del tabaco, sean gratuitas o no
Venta de tabaco con descuento
Venta de tabaco al por menor de forma indirecta o no personal (a distancia o por procedimientos similares, excepto a través de máquinas expendedoras)
Permitir a los menores el uso de las máquinas expendedoras
Colocación de máquina expendedora en lugar no permitido
Máquina expendedora sin la obligatoria advertencia sanitaria
Máquina expendedora sin mecanismo para impedir el acceso a menores, con el mecanismo desactivado o fuera del control del responsable
Máquina expendedora de tabaco que además suministra otros productos distintos del tabaco

Publicidad, promoción y patrocinio de productos del tabaco
Publicidad, promoción y/o patrocinio en medios y soportes en los que está prohibido
Promoción y/o distribución gratuita para, directa o indirectamente, promocionar un producto del tabaco
Emisión de programas o imágenes en que los presentadores, colaboradores o invitados aparecen fumando y/o mencionando o mostrando marcas de tabaco


Emisión de cobertura autonómica o local


Emisión de cobertura nacional o internacional